Para crear una asociación, es necesario el acuerdo expreso de al menos tres personas con un proyecto común de interés general y sin ánimo de lucro. Estas personas, físicas o jurídicas legalmente constituidas, deberán comprometerse a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular. Por otro lado, redactarán unos Estatutos que regirán el funcionamiento de la asociación. Este acuerdo se formalizará mediante un acta fundacional, y desde ese momento, la asociación adquirirá su personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, teniendo, eso sí, que inscribirse en el registro correspondiente.

Previamente, estas tres personas (o más) deberán decidir qué forma jurídica adoptar: asociación, fundación, club deportivo, asociación juvenil… Y concretar cuál será el ámbito territorial (estatal o foral), ya que de ello dependerá el registro al que tengan que acudir (autonómico o estatal).

Inscripción en el registro del Gobierno de Navarra. Documentación a presentar.

Una vez redactados los Estatutos y aprobada el acta fundacional, habrá que presentar la siguiente documentación en un registro administrativo, solicitando la inscripción de la entidad en un registro de asociaciones (está en Carlos III, nº2, bajo, Pamplona):

  1. Instancia general, firmada por el/la Presidente/a o Secretario/a.
  2. Acta fundacional: 2 ejemplares originales y firmados por las personas fundadoras de la asociación, o por sus representantes, en caso de personas jurídicas.
  3. Estatutos: 2 ejemplares originales firmados al final por las personas fundadoras.
  4. Resguardo carta de pago de la tasa de inscripción.
  5. Si el domicilio/sede social no pertenece a la Asociación o a alguna de las personas fundadoras, declaración responsable del/de la Presidente/a en la que conste que la Asociación tiene título bastante en derecho para utilizar el inmueble como sede o domicilio social.

Enlaces de interés

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  • Negociado de AsociacionesFundaciones y Colegios Profesionales: